17 de abril de 2013

ARGENTINA - LEY CONTRA EL DIARIO "CLARÍN" - SALIÓ EL FALLO DE LA CÁMARA, FAVORABLE A 'CLARÍN'





17/04/2013


DECLARARON INCONSTITUCIONAL LA PARTE PRINCIPAL DEL ARTÍCULO 45, QUE OBLIGABA  AL DIARIO CLARÍN A DESPRENDERSE DE SUS INVERSIONES EN TELEVISIÓN POR CABLE, RADIO,  INTERNET, ETC.



EL DIARIO CLARÍN Y SUS MEDIOS SON CADA VEZ MÁS POPULARES GRACIAS A LAS ARENGAS Y PERSECUCIÓN LEGAL DEL KIRCHNERISMO 



Ley de Medios: la Cámara falló sobre los artículos claves



El Tribunal consideró constitucionales los artículos 161 y 41 (el primero que establece los plazos de desinversión y el segundo la modalidad de las transferencias) y parcialmente inconstitucional el 45, que fija los límites de las licencias permitidas



La Cámara Federal en lo Civil y Comercial se expidió sobre la “cuestión de fondo” acerca de la constitucionalidad de los artículos de la Ley de Medios cuestionados por el Grupo Clarín.

El tribunal consideró constitucionales los artículos 161 y 41 (el primero que establece los plazos de desinversión y el segundo la modalidad de las transferencias) y parcialmente constitucional el artículo 45, que fija los límites de las licencias permitidas.

La sentencia causó inicialmente sorpresa e incertidumbre, ya que se esperaba un fallo en bloque desfavorable para el Gobierno.

Sin embargo, de la lectura se desprende que esta previsión finalmente se habría confirmado :

Las objeciones sobre el artículo 45 afectan aquellos incisos que obligaban al Grupo Clarín a desinvertir por exceso de cantidad de licencias, sobre todo en la televisión por cable, la principal fuente de ingresos del holding de medios.

La sentencia dice que, al tratarse la televisión por cable de un recurso “no escaso”, es “irrazonable limitar la cantidad de licencias” que se puedan tener, “lo cual compromete no solo el derecho a la libertad de expresión e información, sino también el derecho a la propiedad”.

En el Grupo Clarín se mostraron satisfechos con el fallo :

“Nos deja a derecho y no tenemos que adecuarnos”, dicen en el multimedios.

Y explican :

El artículo 45 es el corazón de la ley y en él estaba todo lo que nos hacía estar fuera de derecho, como el límite de 24 licencias, el límite del 35 % del mercado, etcétera. De esta manera, el artículo 161, que daba un plazo para desinvertir, no tiene razón de ser". 


(Fuente : cronista.com)

1 comentario:

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