27 de abril de 2012

URUGUAY : PREOCUPACION DE AHORRISTAS ARGENTINOS POR EL TRATADO DE INTERCAMBIO DE INFORMACION IMPOSITIVA ENTRE URUGUAY Y ARGENTINA







LA FIRMA DEL CONVENIO DE INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN FISCAL ENTRE URUGUAY Y ARGENTINA SORPRENDIÓ A MUCHOS. 


LA EXTRAÑA RELACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE MUJICA Y EL KIRCHNERISMO DESCONCIERTA A ARGENTINOS Y URUGUAYOS.


EN UN PRINCIPIO SE DIJO QUE URUGUAY BRINDARÍA INFORMACIÓN SI UN JUEZ ARGENTINO LA PEDÍA EN UNA CAUSA PENAL.


PERO EL TRATADO ESTIPULA QUE ECHEGARAY, EL JEFE DE LA AFIP, PUEDE SOLICITAR INFORMACIONES AL MINISTERIO DE ECONOMÍA DE URUGUAY COMO PARTE DE CUALQUIER INSPECCIÓN EN QUE HAYA INDICIOS DE UNA POSIBLE EVASIÓN TRIBUTARIA.


SI A ESTO LE SUMAMOS QUE EL GOBIERNO ARGENTINO ESTÁ ATRAVESANDO UNA DIFÍCIL SITUACIÓN FINANCIERA Y, QUE EN ARGENTINA NO EXISTE LA IGUALDAD ANTE LA LEY ...


... ES LÓGICA UNA DESESPERADA HUÍDA DE LOS AHORRISTAS ARGENTINOS DE URUGUAY.


PARA QUIENES TIENEN SU DINERO EN BANCOS INTERNACIONALES (LOS ARGENTINOS MÁS RICOS),  UNA TRANSFERENCIA A CHILE O A UNA MÁS LEJANA SUCURSAL DEL BANCO SOLUCIONARÁ EL PROBLEMA.


SI SE TRATARA DE UNA PROPIEDAD O UNA EMPRESA DE ALGUIEN RICO, APARECERÁ RÁPIDAMENTE UN "NUEVO DUEÑO" URUGUAYO.


EN PRINCIPIO EL TRATADO ABARCA LOS IMPUESTOS A LAS GANANCIAS Y BIENES PERSONALES (PATRIMONIALES) Y LAS INVERSIONES O AHORROS POSTERIORES A LA FIRMA DEL CONVENIO, Y RECIÉN ESTARÁ VIGENTE CUANDO LOS CONGRESOS ARGENTINO Y URUGUAYO APRUEBEN EL TRATADO.


ADEMÁS, EL MINISTERIO DE ECONOMÍA URUGUAYO NO ES MUY RÁPIDO PARA EFECTUAR TRÁMITES.  CREEMOS QUE SERÁ AÚN MÁS LENTO PARA CONTESTAR LOS MILES DE REQUERIMIENTOS DE LA AFIP ...


SIN EMBARGO ALGUNOS ESPECIALISTAS OPINAN DIFERENTE.  


Veamos un interesante artículo del diario El País de Montevideo acerca del tema :




Argentina podría reliquidar los impuestos cinco años hacia atrás


Documentos. Acuerdo firmado incluye el pedido de estos a Uruguay



Por  MARCELA DOBAL 



 La no retroactividad del intercambio de información fiscal entre Argentina y Uruguay no impedirá que el fisco del país vecino reliquide impuestos por hasta cinco años atrás a aquellos contribuyentes descubiertos con activos no declarados.

 Esto se debe a que el "período no prescripto" en el pago de los impuestos a las ganancias (renta) y sobre los bienes personales (patrimonio) es de cinco años y a que el fisco argentino podría requerir a Uruguay documentos que indirectamente den cuenta del tiempo que se poseen activos no declarados en Uruguay, señalaron a El País tres expertos de la vecina orilla.

 Si una vez que el acuerdo esté operativo la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) descubre a un contribuyente que ocultó activos en Uruguay, podrá recalcularle el impuesto a los bienes personales (porque su patrimonio es mayor al declarado) por los últimos cinco años.

 Incluso podría reliquidar el impuesto a las ganancias si considera que "el incremento patrimonial no es justificado", es decir, que no tiene respaldo en la declaración jurada sobre sus rentas, explicó a El País el socio de impuestos de KPMG Argentina, Rodolfo Canese Méndez. "Queda en la cabeza del contribuyente probar el origen de esos fondos", señaló.

 Para calcular la renta que corresponde gravar, se estima que las ganancias equivalen a ese incremento patrimonial no justificado más un 10% (considerado por "ganancia consumida en gastos no deducibles"). A ese total se le aplican las tasas del impuesto a pagar (que son progresionales en función de franjas como el IRPF uruguayo y llegan hasta un 35%).

El abogado Martín Barreiro, socio del estudio Baker & McKenzie, señaló que "eventualmente también se podría aplicar una tasa de 21% de IVA, en la medida en que el fisco argentino tenga elementos para pensar que el incremento patrimonial surge de una actividad gravada con IVA". Y agregó que la AFIP también podría aplicar multas "que pueden ser de 50% a 100% del impuesto emitido".

 En cuanto al impuesto a los bienes personales en Argentina (patrimonio), el experto indicó que su mínimo imponible es bajo: unos US$ 69.000. "Cualquier inversión en Uruguay va a estar alcanzada por el inmueble", estimó Barreiro. Por tanto, deberán reliquidar impuesto al patrimonio hacia atrás.

 DOCUMENTOS. Pese a que se acordó la no retroactividad de la información intercambiada, el fisco uruguayo podría brindar información a Argentina sobre desde cuándo el contribuyente indagado tiene un inmueble o sociedad en el país, señalaron los expertos.

 "Si la AFIP quisiera saber el valor del inmueble (para reliquidar los impuestos) puede pedirle al fisco uruguayo la escritura. Y esa pieza documental puede reflejar una fecha de compra efectuada previo a la firma del acuerdo", dijo a El País el tributarista Cristian Rosso Alba, socio del estudio Mintriani, Caballero, Rosso Alba, Francia, Ojam & Ruiz Moreno.

 Es que el artículo quinto del acuerdo alcanzado entre ambos países establece que si una parte es requerida, brindará información "en forma de declaraciones de testigos y copias autenticadas de documentos originales".

 Algo similar ocurre con las sociedades uruguayas si Uruguay brinda a la AFIP sus estatutos, porque de allí surge cuándo se crearon. "Se genera un efecto no querido", dijo Barreiro. En ese caso, el aumento patrimonial se calcula para una fecha hasta cinco años anterior y "se le cargan los intereses al presente", explicó.

 Barreiro sostiene que en el caso de las cuentas bancarias la AFIP "no tiene elementos fácticos" para presumir que el contribuyente las poseía cinco años atrás como para reliquidar impuesto a los bienes personales, pero podría igual aplicar el criterio de "incremento patrimonial" para reliquidar el impuesto a las ganancias.

 SIN ALTERNATIVA. El Presidente de la República, José Mujica, sostuvo ayer en su audición radial de M24 que el acuerdo firmado con Argentina "era un paso que había que dar".

"Hace casi cuatro años que nosotros teníamos la certidumbre que este paso era inevitable por la evolución internacional de los sistemas financieros", admitió.

Para el mandatario, "era evidente que iban a ir apretando y apretando las tuercas". También resaltó que "no se nos puede pasar por la cabeza que suscribir este acuerdo sea una forma de intercambio, de chantaje comercial".

 LA CIFRA 


69.000 dólares es el mínimo imponible del impuesto a los bienes personales en Argentina.

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